Conoce las características que ha tenido la factura electrónica desde inicios de este 2022.
La llegada del 2022 trajo consigo cambios en la factura electrónica, y aunque no son cuantiosos, es primordial que los conozca con la finalidad que la emisión de tus facturas se apeguen a la última actualización fiscal.
Esta nueva actualización se denomina 4.0, mientras que el CFDI de retenciones e impuestos de pago y el Complemento para Recepción de Pagos se actualizan a su versión 2.0.
Estos cambios surgieron a partir de las modificaciones que sufrió el Código Fiscal
de la Federación debido a la Reforma Fiscal 2022. Específicamente, la factura
electrónica se vio actualizada por las reformas, adiciones y derogaciones del
artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Esto nos concierne a todos, tanto a
personas físicas como morales.
A partir del 1 de enero del 2022 y del uso de la versión 4.0, de acuerdo al SAT, la factura electrónica: “incluye de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor; incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de
mercancías; también permite identificar si las operaciones que ampara el
comprobante son objetos de impuestos indirectos; finalmente, incorpora nuevos
apartados que reportan información respecto de operaciones con el público
general y las que se realicen a cuenta de terceras personas.”
También, las facturas podrán seguirse cancelando, siempre y cuando se señale la razón por la que se solicita la cancelación y se haga dentro del plazo establecido.
¿Qué implican estos cambios?
Entre las modificaciones, el SAT exige como requisitos los nombres del emisor y
del receptor así como su domicilio fiscal, aún cuando ya se cuenta con el RFC.
Este punto requiere que los contribuyentes que expidan una factura verifiquen y
validen que los datos coincidan con la cédula de identificación fiscal o constancia
de situación fiscal. Para que sea válida deberán empatar en cada carácter;
respetando números, espacios y signos de puntuación, una labor que podría
ralentizar y entorpecer procesos.
En la misma línea del punto anterior, existe un servicio que el SAT pone a
disposición para validar en línea los registros, éste ahora empatará el nombre y
código postal con el RFC para determinar si coinciden o no antes de timbrar un
CFDI. Sin embargo, sólo se limitará a informar si los datos son correctos, pero en
caso de ser incorrectos no mencionará en dónde radica el error.
Por su parte, el CFDI que ampara retenciones de información de pagos ahora
funciona en su versión 2.0, aquí también se incluye de manera obligatoria el
nombre y domicilio fiscal del emisor y receptor, por otra parte esta actualización
permite relacionar otros CFDI.
El Complemento para recepción de pagos se actualiza a su versión 2.0., esto
quiere decir que se incluyen nuevos campos para identificar si los pagos de las
operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos. De igual forma
existe un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos
realizados expresados en moneda nacional, así como los impuestos que se
trasladan.
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