Con la implementación del internet y artículos electrónicos, inevitablemente se llegó la transición de lo analógico a lo digital. Cosas como archivos administrativos, registros clínicos e incluso imágenes se dejaron de tener de manera física para ser guardadas en discos duros o en la nube. Este fenómeno también alcanzó a las firmas, por lo que ahora podemos hablar de firmas electrónicas.
A nivel nacional e internacional las firmas electrónicas son reconocidas de manera jurídica. En el primer caso, la Ley Modelo sobre Firmas Electrónicas concentra la definición hecha por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional. Mientras que en México es validada por la Ley de la Firma Electrónica avanzada, el Código Civil Federal, el Código de Comercio, la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Instituciones de crédito.
Tomando en cuenta lo anterior, en México, las firmas electrónicas las dividiremos en dos: las primeras, denominadas firmas autógrafas digitales que se refieren a la digitalización de la firma autógrafa y sirven para identificar al firmante. De esta manera se indicará que el firmante aprueba la información contenida en el documento o mensaje de datos. Las segundas son conocidas como firmas electrónicas avanzadas (e.firma), las cuales no son falsificables, no son repudiables y su uso asegura que el contenido del documento no sea modificado.
A continuación te enumeramos algunas de las ventajas y tips que te serán de gran utilidad al firmar documentos digitalmente:
- Vinculante: Tiene validez legal no sólo en el país, si no también a nivel mundial.
- Rapidez y eficacia: Agiliza tus procesos, si necesitas firmar o que te firmen un documento y es imposible o tardará varios días hacerlo de forma presencial, la firma electrónica te dará toda la inmediatez, pues sólo deberás cargar el documento dentro de la plataforma del proveedor y el proveedor lo hará llegar vía correo electrónico a la persona para su firma.
- Seguras: Los datos están resguardados y cifrados en cumplimiento a estándares de seguridad de la industria, además en caso de ser necesario, ambas firmas son admisibles como prueba en un juicio.
- Fecha cierta: Al ser los documentos firmados ante empresas especializadas en firmas, los documentos cuentan con constancias de conservación que guardan la fecha real en que se firmó. En aspectos fiscales en México es de suma importancia, ya que la fecha cierta solo se puede dar en cumplimiento de la NOM-151 o ante la firma de un Fedatario Público. Si decides optar por la firma electrónica, te recomendamos que encuentres un proveedor que cumpla con dicha norma.
- Estándares: También te sugerimos que tu proveedor cuente con alguno de los siguientes estándares según el uso que quieras darle a tus documentos: elDAS, eSing Act, PadES, entre otros.
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